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TENENCIA DE HIJOS
Resumen
Es entregar el, o los menores, a uno de los padres. Se preferirá al que ha estado más tiempo con el menor.Tiempo
45 días puede durar una solicitud especial de visitas dentro de una tenencia y la pueden otorgar con derecho a que el niño duerma en casa de Ud.Requisitos
- Documentos, juicios y trámites antiguos, evidente perjuicios(perdida de seguro salud, etc.)
La Tenencia es la institución, por la cual se le confiere a uno de los padres el quedarse con el niño.
Mayormente los jueces prefieren que los niños queden con la madre, a pesar que la ley no hace ninguna diferenciación. Sin embargo la ley señala que la tenencia la ejercerá el padre, o madre que acredite que el menor:
- A permanecido más tiempo con dicho padre o madre
- Que no haya sido demandado por alimentos
- Garantice el contacto del niño con el otro padre
Pero, si el que demanda es el padre, es recomendable tomarse un buen tiempo para recolectar suficientes pruebas que acrediten que el menor no está del todo bien con la madre.
No olvide que va a luchar, con la mentalidad de los jueces, que parten de una mala concepción, que los hijos deben estar con la madre.
Para ello debe Ud. contratar un abogado que realmente acredite experiencia en el tema.
Es mejor que sepa, que el hecho que la madre salga a la calle a reuniones sociales, o incluso que tenga otra pareja, no la invalida como madre. Aquí no se discute el rol de esposa aquí se discute el rol de madre.
La patria potestad no es lo mismo que la tenencia. La patria potestad es el derecho a ser padre, y solo por hechos muy graves se suspende.