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VIOLENCIA FAMILIAR

Resumen

La nueva ley (Noviembre 2015) agrupa la violencia como física, psicológica, sexual, económica (no pasar alimentos) apropiarse o destruir bienes o apoderarse de dinero

Tiempo

Desde 72 horas puede obtener medidas temporales de alejamiento del agresor, tenencia de hijos, alimentos

Comentario del nuevo trámite

De un hecho violento entre familiares, pueden surgir dos procesos; uno por violencia que ahora es competencia del Juez de Familia, quien actuara en 72 horas y luego pasara todo el expediente a la Fiscalía Penal y de ahí al Juez Penal, en otras palabras los procesos de Violencia Familiar se han penalizado ósea se tramitan como un delito. El otro proceso que posiblemente se genere será el de lesiones que también es un proceso penal

¿Qué es violencia familiar?

Son las agresiones físicas, verbales, o incluso de gestos, o conductas abusivas (no pasar alimentos o no dejar ejercer visitas) entre miembros de una familia, inclusive entre ex convivientes, o ex esposos, son considerados actos de violencia familiar. Como tal pueden ser objeto de denuncia escrita ante el Juez.

La novedad de la nueva ley no solo es la rapidez sino que realmente estamos ante una penalización de esta parte del derecho de familia, ahora el Juez Penal podrá incluso otorgar definitivamente tenencia, visitas o alimentos.

Otra novedad son las órdenes de impedimento de acercamiento

En estos procesos Ud. puede conseguir que se disponga diversas medidas de protección en 72 horas a fin de poder poner fin al acto de violencia, e incluso el alejamiento del agresor de la casa.

El cambio a nuestro criterio es bienvenido ya que muchas veces también solo con la acusación de un persona (mayormente la mujer) se sancionaban al otro, ahora la investigación será mas exhaustiva y si es injustamente acusado tenga por seguro que con una buena defensa Ud. podrá ser declarado INOCENTE a diferencia de la antigua ley.

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