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AUTORIZACIÓN PARA VENDER BIENES DEL MENOR

Resumen

Autorizar a un adulto, o tutor, para vender justificadamente los bienes del menor, sustentando el uso del dinero.

Tiempo

el que el juzgado especializado requiera.

Requisitos

  • Acreditar la necesidad de vender.

A veces los hijos menores, o adultos mayores, declarados incapaces, tienen bienes a su nombre. En consecuencia no pueden venderse, o disponerse de ellos, si es que no se cuenta con una autorización.

La autorización la da el Juez de familia. Solo si se le convence de la necesidad de disponer de dicho bien, autorizará la venta.

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